Santiago, 14 de Octubre de 1972
BANDO Nº 2
De la jefatura de zona en estado de emergencia de la provincia
de Santiago.
Cautela de libre tránsito en carreteras
A fin de normalizar el libre tránsito en carreteras, se ha
dispuesto que las fuerzas del ejército y policía adopten, las
medidas pertinentes en orden a efectuar la protección de
convoyes, previendo acciones de urgencia, mediante el patrullaje
aéreo y terrestre de las carreteras.
Santiago, 16 de Octubre de 1972
BANDO Nº 10
De la jefatura de zona en estado de emergencia de la provincia
de Santiago
El Toque de Queda regirá a partir de esta fecha, entre las 24 y
las 6 lira. en toda la Provincia de Santiago, con excepción del
Depto. de San Antonio. Durante este lapso la ciudadanía deberá
cumplir estrictamente con las siguientes disposiciones.
a) Prohíbese el tránsito de ciudadanos individualmente o en
grupos en vehículos o en cualquier medio de locomoción por la
vía pública.
b) Cualquier ciudadano que sea sorprendido por la fuerza pública
infringiendo las disposiciones indicadas deberá:
1) detenerse inicialmente y luego acercarse para ser
individualizado o interrogado.
2) Obedecer al primer requerimiento de la Fuerza Pública,
considerando que si no lo hace se disparará sobre él y/o su
vehículo.
¿ Y yo qué te ofrecía ?
¿ Una pieza en la altura de esa Torre,
la espada de peligro que cuelga sobre nosotros,
o morir cualquier día
defendiendo una fabrica
o un local del Partido
o en una carretera
cuando nos mandan a cantar
a cualquier sitio ?
Cuando comience el baile,
saldré a la calle con tu nombre en la boca,
masticando las ultimas palabras que te dije.
Con la forma de tu piel impresa en la yema de los dedos,
con tu pelo enredado en las muñecas,
con los brazos repletos de tu cuerpo.
A combatir con esos mismos brazos,
a morir por esa misma vida
que no tendremos.
(De "Diario del Doble Exilio, Praga
1974,
Estado de emergencia,
Valparaíso 1972 )
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